martes, junio 18, 2024

Candidatos sólo deben presentar al OPLE escrito para cumplir “Ley 3 de 3”

Para el proceso electoral 2023-2024 que renovará la gubernatura de Veracruz y el Congreso del Estado y que arrancará formalmente el 9 de este mes de noviembre, la llamada “Ley 3 de 3” sólo se garantizará con un escrito bajo protesta de decir verdad que los aspirantes a un cargo de elección no son agresores sexuales, violentadores ni deudores alimentarios morosos.

La reforma a los artículos 38 y 102 de la Constitución Política del país conocida como la “Ley 3 de 3”, entró en vigor el pasado 29 de mayo y cierra las puertas a los agresores sexuales, violentadores y deudores alimentarios morosos, no sólo para competir por un cargo de elección popular, sino también para ocupar un empleo en la administración pública.

Aunque en Veracruz no se ha homologado las leyes locales con la reforma constitucional y en la víspera del inicio del proceso electoral, el Organismo Público Local Electoral (OPLE) recientemente reformó el Reglamento para las Candidaturas a Cargos de Elección Popular.

En el artículo 87 del referido Reglamento, referente a la solicitud de registro de candidaturas, se anexó la fracción XII para establecer como requisito:

“Escrito bajo protesta de decir verdad, donde declare no tener suspendidos los derechos o prerrogativas ciudadanas, por las causas señaladas en el artículo 38 de la Constitución Federal”.

Mientras que en el artículo constitucional en mención se señala que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden:

“Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos”.

“Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa”.

“En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público”.

Aunque en el registro de candidatos a cargos de elección popular para el proceso electoral local 2023-2024, esos supuestos sólo se garantizan con un escrito bajo protesta de decir verdad.

 

 

Publicidad




Otras noticias