El proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán sobre la ley de Derecho de Réplica que pretendía incluir que cuando la información resulte “agraviante” contra una persona, partidos políticos, precandidatos y candidatos otorgarle dicho derecho, aunque la nota periodística sea cierta y exacta, fue desechada por la suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
Luego de tres sesiones, por mayoría de ocho votos, la SCJN decidió turnar el caso a otro integrante del pleno para que elabore una nueva propuesta sobre las tres acciones de inconstitucionalidad presentadas contra la ley que regula el artículo sexto constitucional en materia del derecho de réplica.
La única determinación que tomaron, en la sesión del pasado lunes 7, fue que los partidos políticos están legitimados para inconformarse con la ley, pues dos de los recursos fueron interpuestos por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el Movimiento Regeneración Nacional (Morena).
De acuerdo con una mayoría de siete ministros, los partidos políticos, candidatos y precandidatos también pueden ejercer el derecho de réplica.