miércoles, febrero 5, 2025

Riesgo de dictadura militar

Ya de madrugada, y a escasas horas de que terminara el periodo ordinario de sesiones en el Congreso de la Unión, el pasado viernes 29 de abril, el Senado de la República aprobó modificaciones al Código de Justicia Militar y expidió el Código Militar de Procedimientos Penales a pesar de que diversas voces advertían que algunos de sus artículos podrían implicar violaciones a los derechos humanos y otras calificaron ambos dictámenes como inconstitucionales.

Ambos códigos habían sido aprobados, apenas una semana antes, por la mayoría de los integrantes de la Cámara de Diputados, entre acusaciones de negociaciones en lo oscurito, marginar a varios partidos de oposición de la discusión de modificaciones de último momento y de la celeridad con que se trató el tema, incluso en el trabajo de las comisiones. Como en otros temas escabrosos, entre los legisladores, lo de menos fue el debate.

Un día después de la aprobación de ambos textos en el Palacio Legislativo de San Lázaro, se prendió la primer alarma, pues un diario de circulación nacional publicó que la nueva legislación facultaba al Ejército mexicano llevar a cabo cateos en instalaciones de dependencias públicas, incluido el mismo Congreso de la Unión, disposición contraria a lo señalado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sin embargo, este señalamiento fue el único que en la opinión pública logró hacer un poco de ruido, aunque es sólo la punta de una serie de violaciones a derechos fundamentales consagrados en la Carta Magna y de los que los mexicanos apenas comenzábamos a adueñarnos como el derecho de acceso a la información.

Ley mordaza y violaciones a DD. HH.

En el Congreso, el único en advertir sobre el tema, fue el senador del Partido del Trabajo (PT), Marco Antonio Blásquez Salinas –primer legislador identificado con la izquierda en ser electo por las entidades de la frontera norte, pues es representante de Baja California- al denunciar en tribuna que estas disposiciones atentan contra la libertad de expresión.

“En el esfuerzo por mantener la disciplina militar en el fuero de guerra, esta ley termina por conculcar el derecho a la información de los mexicanos. Sostengo que con este código, se viola la libertad de expresión, ya que la presencia de las compañeras y compañeros periodistas en las salas y audiencias de los procesos militares queda supeditada al criterio discrecional del titular del órgano jurisdiccional castrense. La discrecionalidad, lo sabemos, es la antesala del abuso”, argumentó el legislador ante un pleno casi vacío en donde había más asesores y secretarios particulares que senadores.

Blásquez advirtió que, además, se expone a los periodistas a ser víctimas de abusos por la pretensión de imponerles multas e incluso, arrestarlos por el sólo hecho de cumplir con su labor informativa, lo que implica un desconocimiento del derecho a la libertad de expresión.

El legislador bajacaliforniano –que también es periodista- explicó que en el cuarto párrafo del artículo 4 del Código Militar de Procedimientos Penales señala que: “los periodistas y los medios de comunicación podrán acceder al lugar en el que se desarrolle la audiencia en los casos y condiciones que determine el órgano jurisdiccional militar, conforme a lo dispuesto por la Constitución”; es decir, la posibilidad de reportear o documentar un juicio militar, quedaría a contentillo de un integrante de las Fuerzas Armadas.

En el último párrafo del artículo 54 del mismo código, se establece que “los periodistas y los medios de comunicación deberán abstenerse de grabar y transmitir por cualquier medio la audiencia”, señaló el senador, con lo que se vulnera el principio de máxima publicidad, una de las características del Sistema Penal Acusatorio al que según legisladores oficialistas se pretende adecuar el proceso militar.

Aunque en un Estado de derecho –como se supone o nos quieren hacer creer que es nuestro país- se privilegia que la sociedad esté enterada de la forma en que se ventilan las causas penales y principalmente de que se haga justicia con pleno respeto a los derechos humanos, la puesta en marcha de estas nuevas disposiciones no es congruente con este precepto; situación que resulta verdaderamente preocupante, dados los señalamientos que de manera reiterada se han hecho en contra de las Fuerzas Armadas en materia de uso excesivo de la fuerza, práctica de tortura e incluso, como en el caso Tlatlaya, ejecuciones extrajudiciales.

El también presidente de la Comisión Especial de Seguimiento a las Agresiones contra Periodistas y Medios de Comunicación del Senado, llamó la atención respecto a la posibilidad que con esta ley se vulnere el derecho de los informadores de abstenerse a revelar sus fuentes pues, aunque en muchas ocasiones la secrecía de las mismas es la única forma de obtener datos y es de suma importancia salvaguardarlas –aunque el comunicador asuma el riesgo de quedar expuesto a represalias, ataques o agresiones- las nuevas disposiciones podrían obligar a que sean reveladas.

Blázquez criticó que los periodistas no hayan sido integrados a la lista de profesionales como abogados, visitadores de derechos humanos, médicos, psicólogos, farmacéuticos y enfermeros a quienes el artículo 359 del mismo ordenamiento garantiza el derecho de guardar secretos relacionados con la materia de su competencia y que no podrán ser obligadas a declarar.

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