México.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el despido de aquellos maestros que acumulen más de tres faltas injustificadas, sean o no consecutivas, en el transcurso de un mes.
El máximo tribunal declaró constitucional el artículo de la ley educativa en la que contempla la destitución del cargo como profesor si faltan a clases de manera injustificada.
Unos 11 amparos fueron resueltos por la SCJN en contra de la Ley General del Servicio Profesional Docente y la aplicación del sistema de evaluación de docentes, y en todos los casos negó los amparos que habían promovido ante el máximo tribunal.
“No es violatorio de los derechos de los quejosos, mucho menos del derecho de garantía de audiencia, el sistema establecido en el artículo 76 que tiende a sancionar la inasistencia a las labores de los docentes pues el propio sistema”, argumentó el ministro Alberto Pérez Dayan resaltó que
Por unanimidad, los ministros declararon constitucional ese artículo de la ley, pues los ministros consideraron que los maestros tienen derecho a justificar sus faltas.
Por su parte la Corte rechazó por improcedentes otros 10 amparos en revisión promovidos por integrantes del magisterio en contra de la evaluación obligatoria para el ingreso, promoción y permanencia docente.
De esta manera, la SCJN ha resuelto 14 recursos en contra de la Ley General del Servicio Profesional Docente (que ha desechado) y que impugnaban los artículos 52, 53, Octavo y Noveno, transitorio de esa legislación, que establece el sistema de evaluación docente.