miércoles, abril 24, 2024

Marinos contagiaron ETS a mujer tras violarla en Poza Rica: CNDH

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación a la Secretaria de Marina (SEMAR) por tortura y violencia sexual cometidos en contra de un hombre y una mujer detenidos en el 2011 en la ciudad de Poza Rica, al norte de la entidad veracruzana.
La recomendación marcada 92VG/2023 indica que los elementos de la SEMAR se hicieron pasar por integrantes de la CNDH para violentar sexualmente a la joven de identidad protegida.
De acuerdo con la recomendación emitida el 28 de febrero. Un hombre y una mujer fueron detenidos ilegalmente por secuestro y portación de armas de manera ilegal, durante cinco días fueron torturados de diferentes maneras.
La mujer detenida es considerada como la victima número dos, la cual de acuerdo con la CNDH fue asfixiada, golpeada , torturada y violada por dos elementos de la SEMAR, quienes la contagiaron de una enfermedad de transmisión sexual al ser penetrada anal y vaginalmente cuando fue detenida .
Mientras que la victima marcada como el número uno, fue asfixiado en cuatro ocasiones, golpeado, con toques eléctricos fue torturado en la zona genital hasta llegar a perder la conciencia por varios minutos.
La CNDH pidió a la SEMAR que los elementos sean investigados y sancionados de acuerdo a la ley, ya que incluso al solicitarles esta investigación la SEMAR intentó justificar los hechos de la detención ilegal por cinco días ya que indicaron “eran considerados como peligrosos”.
“Instruya a quien corresponda a fin de colaborar ampliamente en el trámite y seguimiento de la CP2, iniciada por abuso de autoridad y actos de tortura en agravio de V1 y V2, y que actualmente se encuentra en el Juzgado Décimo Primero de Distrito en el Estado de Veracruz, aportando los elementos de prueba con los que se cuente. Esta Comisión Nacional deberá aportar la presente recomendación y las evidencias en que se sustenta la misma, a la citada CP2, para que tome en cuenta lo señalado en el apartado de Observaciones y Análisis de las Pruebas del presente instrumento Recomendatorio, ello con la finalidad que estas sean tomadas en consideración en el trámite y determinación 70/73 de dicha Causa Penal; hecho lo anterior, se envíen a esta Comisión Nacional las pruebas de cumplimiento”, indicaron.

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