Congreso designará al Contralor General y Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción

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Legisladores del estado aprobaron la modificación al artículo 67 de la Constitución Política estatal para indicar que el titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción será nombrado por las dos terceras partes de los integrantes del Congreso del Estado, previa convocatoria pública emitida para tal efecto; dicha propuesta será presentada al pleno del Congreso del Estado para su votación. En caso que la persona no obtenga el voto aprobatorio, el Congreso del Estado realizará una segunda convocatoria pública, y así sucesivamente hasta que se alcance la mayoría requerida.

El titular de ésta Fiscalía durará en su encargo cinco años, sin perjuicio de que pueda ser removido libremente por el Fiscal General del Estado, siempre y cuando se actualice alguna de las causales que se establezcan en la ley.

De igual forma se aprobó que el Congreso local tendrá la facultad de realizar la designación del Contralor General; en caso de que la persona propuesta para ocupar el cargo no obtenga el voto aprobatorio requerido para ser designado, el Ejecutivo Estatal podrá enviar tantas propuestas como sean necesarias, hasta lograrse la mayoría de votos requeridos.

Con esto se modificarán diversas disposiciones de los artículos 33 y 49 de la Constitución Política estatal, con el que el Congreso podrá legislar en materia local anticorrupción. El objeto, la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción.