Atan deudas de estados

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Ciudad de México.-El pleno del Senado aprobó por mayoría que será condición sine qua non que estados y municipios deberán transparentar ante sus ciudadanos en general, y ante la Cámara de Diputados en particular, el manejo de cada peso de deuda pública actual para que puedan contar con el apoyo de la Federación y así acrecentar este endeudamiento, si es que lo necesitan.

Los senadores avalaron las reglas para la operación del llamado sistema de alertas federal, que se utilizará para evitar que alguna entidad se endeude al grado de colocar en situación de inestabilidad sus finanzas públicas; de igual forma, se aprobó sin cambios que los gobernadores deberán contar con el respaldo de las dos terceras partes de los diputados locales para endeudarse.

Con el respaldo de 85 votos, nueve en contra y una abstención, el pleno del Senado aprobó la nueva Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, con aval a gran parte de la minuta enviada por la Cámara de Diputados, pero con cuatro cambios, por lo que debió devolverla a San Lázaro para concluir el proceso legislativo.

De esta forma, después de un accidentado camino de tres años constantes de negociación y enfrentamientos entre el Senado y la Cámara de Diputados, estas nuevas reglas para controlar la deuda de estados y municipios se colocaron en la antesala de su aplicación.

Las nuevas reglas establecen que los estados podrán endeudarse hasta el equivalente a 3.5% del PIB estatal, y únicamente en el caso de las entidades federativas que tengan un manejo sano de su deuda, y cuenten con el aval federal, podrán hacerlo hasta en 15 por ciento.

Si bien se decidió elevar a 15% el techo de endeudamiento a estados con deudas sostenibles, se condicionó el beneficio del sistema de Deuda Estatal Garantizada, que permite a entidades y municipios colocar los ingresos federales como garantía de sus créditos, a partir de un acuerdo con el gobierno federal.

Deja claro que podrán acceder a este sistema “siempre y cuando el estado y, en su caso el municipio, cumpla con la publicación de su información financiera de acuerdo con las disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas expedidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

Para tal efecto, los entes públicos deberán presentar la opinión de la entidad de fiscalización en la que manifieste si el ente público cumple con dicha disposición.

Advierte el texto que “el estado o municipio deberá estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los transitorios sexto y séptimo”, de la reforma constitucional, referente a los reportes financieros de las deudas que deben entregar a la Cámara de Diputados y advierten que, “en caso contrario, el estado o municipio no podrá acceder a la Deuda Estatal Garantizada hasta su cumplimiento”.