Será el miércoles 5 de agosto, en sesión extraordinaria privada, cuando el pleno del Congreso de Veracruz vote los dictámenes relacionados con la declaración de procedencia contra los alcaldes de Movimiento Ciudadano de Ixhuatlán del Sureste, Raúl González Martínez, y Úrsulo Galván, Bertín Bravo Montero.
Los dictámenes, emitidos por la Comisión Instructora, que está a cargo de ambos procesos, serán enviados este lunes a la presidencia de la Mesa Directiva, órgano interno que cuenta con un plazo de 48 horas para notificar a los diputados locales y llamar a sesión extraordinaria.
De acuerdo con la agenda legislativa, este lunes 3 de agosto a las 13:00 horas se desarrollará la cuarta sesión ordinaria de la Diputación Permanente, responsable de llamar a sesión extraordinaria. Esta sesión fue adelantada, ya que en el calendario estaba marcada para desarrollarse el martes 4 de agosto a las 11:00 horas.
Según lo dado a conocer por fuentes internas del Congreso local, la sesión extraordinaria se desarrollará el miércoles 5 de agosto a las 11:00 horas.
Por tratarse de un proceso de declaración de procedencia, denominado desafuero, la plenaria deberá ser de manera privada y sin permitir el acceso a medios de comunicación. Tampoco puede ser transmitida en vivo en redes sociales.
Es importante indicar que los dictámenes pueden ser a favor del desafuero o indicar que no hubo elementos para poder aplicar este proceso a alguno o ambos alcaldes. En cualquiera de los casos, los documentos deben ser aprobados por los diputados locales.
El pasado 30 de julio, ambos ediles fueron citados por la Comisión Instructora para el desarrollo de las audiencias de presentación de pruebas y alegatos por el proceso de desafuero que existe en su contra a solicitud de la Fiscalía General del Estado.
La audiencia del alcalde de Úrsulo Galván, Bertín Bravo Montero, se desarrolló a las 10:00 horas y la del alcalde de Ixhuatlán del Sureste, Raúl González Martínez, fue a 16:00 horas.
Estas audiencias se realizaron, luego de que el pasado martes 28 de julio los ediles presentaran ante esta Comisión los primeros documentos de prueba.
La solicitud contra Raúl González Martínez, alcalde de Ixhuatlán del Sureste, presuntamente está relacionada con la investigación por el secuestro y homicidio de la periodista Roxana Berenice Guzmán Ramírez, privada de la libertad el pasado 2 de junio en Nanchital y localizada sin vida semanas después.
El procedimiento contra Bertín Bravo Montero, de Úrsulo Galván, supuestamente está vinculado con la desaparición del empresario Héctor Ramos y de su escolta, Ignacio López, quienes fueron vistos por última vez el 14 de mayo de este año, después de acudir al domicilio del alcalde ubicado en Barra de Chachalacas.
Luego de concluir las audiencias y recabar las pruebas correspondientes, el pasado jueves 30 de julio, la Comisión Instructora contaba con un plazo de hasta tres días hábiles para emitir los dictámenes finales que serán entregados a la presidencia de la Mesa Directiva.
Durante la sesión extraordinaria, el pleno se constituirá como Jurado de Procedencia y tendrá la decisión final.
Para aprobar el desafuero se requiere el voto de las dos terceras partes de la totalidad de los integrantes de la Legislatura, es decir, una mayoría calificada.
La declaración de procedencia, conocida como desafuero, es un procedimiento legislativo mediante el cual se determina si un servidor público conserva o pierde la inmunidad que impide someterlo a proceso penal mientras permanece en el cargo.
La resolución del Congreso no establece la culpabilidad de los alcaldes ni sustituye las investigaciones de la Fiscalía. Su alcance se limita a resolver si la autoridad ministerial puede proceder penalmente en su contra.
Si los dictámenes proponen retirar el fuero y reciben la mayoría calificada en el pleno del Congreso, los alcaldes quedarían separados de sus cargos y sujetos a la jurisdicción de los tribunales.
En caso de que no se alcancen los votos requeridos, los procedimientos penales no podrán continuar mientras los presidentes municipales conserven la inmunidad constitucional, aunque las investigaciones podrán mantenerse abiertas y reanudarse cuando concluyan sus encargos.
