miércoles, octubre 15, 2025

FGE-Veracruz aprueba ingreso a domicilios de ciudadanos sin orden judicial

Veracruz.-La Fiscalía General del Estado (FGE) de Veracruz emitió un acuerdo que autoriza a fiscales especializados en desapariciones ingresar a domicilios y otros espacios cerrados sin orden judicial, una medida que abogados consideran podría violar derechos constitucionales.
El Acuerdo 176/2025, firmado por la fiscal general Verónica Hernández Giadáns, entró en vigor este martes y modifica el reglamento de la Fiscalía Especializada para la Atención de Denuncias por Personas Desaparecidas.

El documento permite que los fiscales ingresen a inmuebles durante investigaciones por desaparición forzada o cometida por particulares, sin necesidad de obtener autorización judicial previa, siempre que se cumpla lo establecido en el artículo 290 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

La medida forma parte de la adecuación de la FGE a la reciente reforma de la Ley en Materia de Desaparición de Personas del Estado de Veracruz, publicada en la Gaceta Oficial.

Abogados advierten posible inconstitucionalidad
Juristas consultados señalaron que el acuerdo podría contravenir el artículo 16 de la Constitución mexicana, que establece que nadie puede ser molestado en su domicilio sin mandamiento escrito de autoridad competente y que solo un juez puede autorizar cateos a solicitud del Ministerio Público.

También recordaron que el artículo 73 constitucional otorga únicamente al Congreso de la Unión la facultad de legislar en materia de procedimientos penales, por lo que una disposición estatal que amplíe atribuciones de esa naturaleza podría ser impugnada mediante amparos o controversias constitucionales.

Hasta ahora, la FGE no ha emitido declaraciones adicionales sobre la interpretación del acuerdo ni sobre los mecanismos de control que se aplicarán en su ejecución.

Nuevas reglas para identificación de cuerpos
El acuerdo también amplía las atribuciones de la Fiscalía en materia forense. Entre los nuevos lineamientos se incluyen:
• Localizar a familiares de personas fallecidas no reclamadas para su entrega digna.
• Realizar pruebas genéticas antes de enviar cuerpos a fosas comunes y subir los resultados al Banco Nacional de Datos Forenses en un plazo máximo de tres días.
• Mantener un registro detallado de restos humanos conforme al Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas.
• Garantizar que toda inhumación sea digna, individualizada y realizada en sitios identificables.
• Además, cuando una persona desaparecida sea localizada o identificada, el fiscal deberá notificar a Servicios Periciales en un plazo máximo de tres días para desactivar los perfiles genéticos correspondientes.

Hasta el momento, no se han presentado recursos judiciales formales contra el acuerdo, que continúa vigente.

https://whatsapp.com/channel/0029VaBNLZD96H4IpWaXm11P
👆Únete a nuestro canal de WhatsApp y recibe toda la información ¡Es gratis!

Publicidad




Otras noticias