lunes, septiembre 8, 2025

Niegan amparo a Fernando Charleston, exsecretario de Finanzas, por peculado en Veracruz

La justicia federal rechazó el amparo promovido por Fernando Charleston Hernández, exsecretario de Finanzas y Planeación de Veracruz, contra el auto de vinculación a proceso dictado en su contra el 25 de abril de 2024 dentro de la causa penal 176/2023.
El exfuncionario del gobierno de Javier Duarte es señalado por el presunto delito de peculado en agravio de la Secretaría de Salud federal. Según la investigación, habría participado en la distracción de recursos del programa Caravanas de la Salud 2014, mismos que fueron transferidos a una cuenta concentradora no destinada a ese fin, conocida popularmente como la “licuadora”.
El tribunal concluyó que la vinculación a proceso es constitucional, al cumplirse los requisitos de forma y de fondo previstos en la Constitución y en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
La resolución puntualiza que la medida no prejuzga sobre la culpabilidad de Charleston, sino que permite continuar la investigación judicializada en su contra.
En su defensa, Charleston alegó violaciones a sus derechos de legalidad, seguridad jurídica y debido proceso, entre ellas la supuesta falta de precisión sobre las circunstancias de tiempo, modo y lugar, así como la insuficiencia de un testimonio rendido bajo criterio de oportunidad. Sin embargo, todos sus argumentos fueron desestimados.
La causa penal 176/2023 se originó por el presunto desvío de más de mil millones de pesos de recursos federales durante 2013, en la administración de Duarte. Dichos fondos, destinados a salud, seguridad e infraestructura, fueron transferidos irregularmente a la Secretaría de Finanzas y Planeación del estado, lo que dio origen a la llamada “Operación Licuadora”.
Entre los imputados destacan tres exsecretarios de Finanzas: Tomás José Ruiz González, Fernando Charleston Hernández y Salvador Manzur Díaz, además de Carlos Aguirre Morales, entonces subsecretario de Finanzas, y otros excolaboradores. Todos son señalados por la Fiscalía General de la República de autorizar o ejecutar transferencias irregulares, constitutivas de peculado conforme al artículo 223, fracción I, del Código Penal Federal.
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito, con sede en Boca del Río, informó además que admitió el recurso de revisión y la revisión adhesiva interpuestos contra esta sentencia, por lo que el caso continuará en una instancia superior.
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