Xalapa, Ver.
Con una calificación general de 6.2, Veracruz ocupa el sitio número 14 en el Ranking Nacional de Acceso a la Información, que elabora Fundar, Centro de Análisis e Investigación, A.C.
En el informe, que se elabora a partir del Índice del Derecho de Acceso a la Información (IDAIM) en México 2015, se detalla que si bien Veracruz alcanza una calificación general de 6; hay rubros de transparencia y rendición de cuentas, en donde se haya reprobado.
En relación al rubro de Disposiciones normativas, el cual comprende el establecimiento de bases y principios para la interpretación de la ley que guiará su aplicación, Veracruz apenas alcanzó una calificación de 6.
El estudio considera que en la entidad no hay rigor entre la delimitación de los sujetos obligados (dependencias y funcionarios) y sus obligaciones de transparencia.
No tiene disposiciones claras para el régimen de excepción de la información ni el establecimiento de sanciones ante violaciones al derecho e incumplimiento de la ley, “factores que constituyen los elementos que determinan el alcance de la transparencia”.
Dentro de las disposiciones normativas, Veracruz tiene serios retrasos en cuestiones jurídicas elementales. Es decir, las leyes de transparencia y acceso a la información en Veracruz, no tiene claro cuáles son “los elementos que permitan entender cómo se construye e interpreta el derecho de acceso a la información en la ley”.
En los objetivos de las legislaciones de acceso a la información pública, Veracruz obtuvo 8.3. Esto es, que el Congreso Local ha legislado en esa materia, y se han fijado las condiciones para la aplicación de la transparencia y sus consecuencias, en caso de no promoverla.
Sin embargo, la legislación en acceso a la información no ha servido de mucho, ya que en el rubro de Sujetos Obligados de las leyes de transparencia, el estado se quedó con 5.7, al existir entes que se rehúsan a revelar a toda costa la información que se les solicita, como el caso del Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS), que según el estudio tiene 0.0 de calificación.
A Veracruz le va peor en el rubro de Obligaciones de los Sujetos Obligados, en donde tuvo una calificación de 4, porque los sujetos no cumplen la ley de transparencia y no garantizan el derecho de acceso a la información.
El estudio encontró que los sujetos obligados, desechan prácticas obligatorias como publicar de manera periódica información de utilidad a la sociedad. También, responder de manera no adecuada las solicitudes, e incluso no cuentan con el personal y equipo de trabajo necesario para solventar las dudas del ciudadano.
IDAIM también señala que Veracruz no ha implementado un sistema de sanciones para los entes que incumplen con la garantía del acceso a la información, por lo que terminó reprobado con un 5.7 en Sanciones establecidas.
En el rubro de Diseño institucional, esta variable se quedó con una calificación de 5.0, se encuentra la que mide las disposiciones en ley que fundamentan la construcción del engranaje institucional que deberá proteger, respetar, promover y garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información.
A pesar que Veracruz tiene una Oficina de Información Pública (IVAI) con lo que obtuvo una calificación por si sola de 8.5, el informe considera que no sirve de mucho si los sujetos obligados a dar información no poseen un Órgano Interno de Revisión.
Debido a que los Sujetos obligados no tienen un cuerpo colegiado interno encargado de dictaminar sobre la reserva y clasificación de la información, Veracruz obtuvo 0.0 de calificación en este aspecto.
De igual forma, se le asignó un 3.7 en el rubro “Órganos de conducción de los Órganos Garantes de Transparencia”, ya que la máxima autoridad al interior, en este caso del IVAI, no garantiza el pleno acceso a la información.
Asimismo, la ley local no asegura la institucionalidad de los órganos garantes, es decir, no establece de manera correcta sus facultades, alcances y obligaciones. La entidad se quedó con 5.0 de calificación.
La única de las tres variables donde Veracruz obtuvo una calificación regular es la de “Proceso de Acceso y obligaciones de transparencia”, con una calificación de 7.3. La más alta de todos los rubros.
En ella se evalúan los principios y bases del Derecho de Acceso a la Información, que deben verse reflejados en las garantías que la ley establezca para el cumplimiento de este derecho.
Es en el procedimiento de acceso a la información así como en la difusión de las obligaciones de transparencia donde se materializa la satisfacción del derecho de acceso a la información.
En esta variable se mide la universalidad, facilidad, expedites y gratuidad de este derecho, así como las medidas proactivas que se tomen para dar a conocer información relevante.
De tal suerte, que la entidad alcanzó 7.6 en información que se publica sin que exista una solicitud de por medio, ya que existe información pública que por su relevancia debe ser dada a conocer de manera proactiva.
Pero la ley sigue siendo floja, según el análisis. Esto es debido a que las reglas para la publicación y difusión de obligaciones de transparencia no son claras, quedándose con 6.3.
La ley veracruzana tampoco es rigurosa en los plazos para recursos de revisión a los ciudadanos inconformes con una respuesta. Eso le valió un 5 de calificación.
Es de destacar que la entidad tuvo sólo un 10 en el rubro de no obligar al solicitante a señalar el interés o la utilización de la información solicitada; la misma calificación se llevó en lenguaje incluyente.