martes, enero 21, 2025

Delito latente

Editorial

San Andrés Tuxtla, Ver.

Es latente el delito de sustracción o retención indebida de menores en la Región de Los Tuxtlas; esto se presenta cuando la pareja se separa después de una relación sentimental, lo cual trae consigo una dificultad ¿quién se queda con los niños?, expresó la Lic. Itzel Hiday Prieto Aguirre, agente del Ministerio Público Conciliador e Investigador Especializado en Delitos Sexuales y Contra la Familia.

De acuerdo a la ley, por lo general los menores de 7 años se quedan con la madre, considerando que la madre puede auxiliar al menor en su crecimiento, sin embargo cuando la madre no tenga un modo honesto de vivir, se le queda al padre.

Recordemos que la Agencia del Ministerio Público Conciliador e Investigador Especializado en Delitos Sexuales y Contra la Familia, no fue creada exclusivamente para las mujeres, sino para la ciudadanía que es víctima de los delitos de violencia de todo tipo, incluyendo a los varones, señaló Prieto Aguirre.

Debemos recordar que ni la Agencia Especializa, ni el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), tienen la facultad de otorgar custodias; en el caso de la Agencia del Ministerio Público, se persigue el delito de retención de menores, por lo que las partes deben tener la voluntad de llegar hasta las últimas consecuencias, es una parte importante, ya que luego se retractan y no desean continuar el proceso legal.

Por lo que de acuerdo el artículo 223 del Código Penal, se castiga con la pena de prisión de seis meses a dos años, sin perjuicio de que los hechos constituyan otro delito más grave, la retención indebida de menores.

Establece que, para que se produzca el hecho delictivo se tiene que dar una conducta de omisión por parte del sujeto activo. Esta conducta de omisión consiste en no presentar al menor a sus padres o a sus guardadores sin tener un motivo justificado para ello.

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