viernes, junio 26, 2026

Senado aprueba reformas en materia de extinción de dominio

El pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad cambios a la minuta de reforma a los artículos 22 y 73 de la Constitución en materia de extinción de dominio, enviada por la Cámara de Diputados.

Ahí se establece que la extinción de dominio se ejercitará por el Ministerio Público a través de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil, autónomo del penal.

Las autoridades competentes de los distintos órdenes de Gobierno le prestarán auxilio en el cumplimiento de esta función.

Los senadores ampliaron el catálogo de delitos en los que procede la extinción de dominio.

Los detalló en la tribuna el coordinador de los senadores de Morena, Ricardo Monreal.

“Se establece en el catálogo de delitos, en los que se enmarcan las actividades que más benefician a la delincuencia organizada y se refiere de manera concreta a delitos cometidos por actos de corrupción, hidrocarburos, petrolíferos, petroquímicos, recursos de procedencia ilícita como el lavado de dinero y la extorsión, este catálogo se agrega a los delitos que ya existen en el 22 constitucional que son delitos graves como trata de personas, daños contra la salud en sus modalidades distintas, encubrimiento, también se agrega el delito cometido por servidores públicos y existe el de secuestro, es muy importante la reforma”, detalló Ricardo Monreal.

Se aclaró que toda persona que se considere afectada deberá tener garantía de acceso a los medios de defensa adecuados para demostrar la procedencia legitima del bien sujeto al procedimiento.

La minuta fue devuelta a la Cámara de Diputados para su ratificación.

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