martes, mayo 5, 2026

Pensión por concubinato: SCJN cambia reglas en 2026

MÉXICO.-El Pleno de la SCJN, en sesión del 10 de febrero de 2026, eliminó el requisito de cinco años de convivencia para que parejas en concubinato accedan a pensión por muerte y servicios de salud.

El criterio surge del Amparo en Revisión 268/2025, donde un hombre fue beneficiado tras el fallecimiento de su pareja con quien convivió poco más de tres años.

¿Por qué se consideró inconstitucional?
La Corte señaló que la norma vulneraba los derechos a la igualdad, a la familia y al libre desarrollo de la personalidad. El requisito de cinco años discriminaba a quienes optan por el concubinato como forma legítima de familia.

Reglas sobre acumulación de pensiones
En otro fallo, la SCJN determinó que no es posible acumular dos pensiones por el fallecimiento de la misma persona trabajadora (viudez y riesgo de trabajo).

El criterio quedó establecido en el Amparo en Revisión 357/2025, también resuelto el 10 de febrero de 2026.

Requisitos para pensión por viudez en el IMSS
• Para cónyuge: acreditar vínculo matrimonial.
• Para concubina o concubinario: demostrar relación de concubinato.
• Semanas de cotización: mínimo 150, salvo fallecimiento por riesgo de trabajo.
• Dictamen ST-3: requerido en caso de muerte por riesgo laboral.
• Pensionados por incapacidad: deben acreditar semanas de cotización si la muerte no fue por riesgo de trabajo.
Entonces, ¿Cuántos años de convivencia se necesitan para pensión por concubinato en el ISSSTE? Ninguno. Tras el fallo de la SCJN, ya no existe un plazo mínimo fijo.

¿Cómo solicitar pensión por concubinato paso a paso?
Reunir pruebas de relación: convivencia, apoyo mutuo o dependencia económica.
• Presentar documentación: CURP, identificación oficial y acta de defunción.
• Acudir al IMSS o ISSSTE: según corresponda al régimen del fallecido.
• Solicitar dictamen médico ST-3: en caso de muerte por riesgo de trabajo.
• Esperar resolución: la institución evaluará pruebas sin exigir plazo mínimo de convivencia.

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