Sueldos y prestaciones de funcionarios estatales:
Gobernador del Estado: Sueldo base: $67,800.42
Prestaciones:
– 40 días de sueldo tabular
– 60 días de gratificación extraordinaria
– 12 días anuales adicionales de sueldo
– Apoyos diversos: ayuda para pasajes, quinquenios, despensa, previsión social múltiple, capacitación, canasta navideña, compensación, bonos anuales, pagos por días festivos.
Secretario(a) de Despacho y Homólogos(as): Sueldo base: $64,531.06
Prestaciones similares al Gobernador.
Subsecretario(a) y Homólogos(as): Sueldo base: $55,185.29
Prestaciones similares con apoyos adicionales de previsión social y despensa.
Director(a) General y Homólogos(as): – Sueldo base: $53,139.29
– Prestaciones idénticas con enfoque en capacitación y desarrollo.
Director(a) de Área y Homólogos(as): Sueldo base: $43,341.29
– Beneficios: mismas prestaciones, enfocadas en previsión social y compensación.
Subdirector(a) y Homólogos(as): Sueldo base: $37,440.29
– Apoyo adicional para adquisición de útiles escolares y participación en programas sociales.
Jefe(a) de Departamento y Homólogos(as): Sueldo base: $30,190.29
– Prestaciones similares, incluye becas y ayudas para lentes.
Jefe(a) de Oficina y Homólogos(as): Sueldo base: $22,678.29
– Prestaciones similares con apoyo para personal no sindicalizado.
Analistas y puestos homólogos: Sueldo base: $20,309.29
Beneficios: despensa, bonos, becas y otros apoyos para actividades culturales y servicios.
El tabulador incluye gratificaciones y apoyos sociales diseñados para cada nivel jerárquico.
Además de los sueldos, algunos puestos incluyen apoyos por estrategias sociales, estímulos por el Día del Empleado y programas de becas para hijos de personal no sindicalizado.
En el documentos se señala que dichas percepciones mensuales se podrán asignar de acuerdo a los márgenes del techo presupuestal autorizado a las Dependencias y Entidades, asimismo, no deberá implicar la solicitud de incrementos o nivelaciones salariales.
Los importes presentados no consideran los incrementos salariales que se autoricen al personal de Base, Contrato y ETA para el Ejercicio Fiscal 2025, ni las repercusiones que se deriven de la aplicación de las disposiciones fiscales, por lo que en su caso podrán modificarse.