México.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) autorizó jurisprudencia obligatoria para que jueces den suspensiones provisionales a personas bloqueadas financieramente por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
Durante la sesión de ayer miércoles, la SCJN estableció que procede suspender la inclusión en la lista de personas bloqueadas de la UIF, al aprobar la jurisprudencia obligatoria para todos los jueces federales del país, que aclara que «la inclusión en esta lista sí es un acto de autoridad que se puede suspender, pues lleva a su vez al bloqueo de todas las cuentas del afectado en el sistema financiero».
Aprobó que es posible decretar la suspensión provisional contra la inclusión en la lista de personas bloqueadas que emite la UIF para el efecto de que la referida Unidad elimine provisionalmente de esa lista solo a la persona de que se trata, lo que a su vez implicará que tenga acceso a los fondos contenidos en las cuentas, de la manera habitual en que lo hace.
Fue aprobada por los ministros Luis María Aguilar, Alberto Pérez Dayán y Javier Láynez, y votada en contra por las ministras Yasmín Esquivel y Lenia Batres.
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