El Congreso de Tabasco y el de Zacatecas aprobaron la reforma para que la Guardia Nacional quede bajo el control de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena). Para validar su constitucionalidad se requiere la aprobación en al menos 17 congresos estatales.
Congreso de Tabasco, el primero en aprobar traslado de la Guardia Nacional
El Congreso de Tabasco aprobó, con 27 votos a favor y 8 en contra, la reforma para que la Guardia Nacional quede bajo el control de la Sedena, convirtiéndose así en el primer estado en hacerlo.
Esto ocurre a menos de cuatro horas de que Morena y aliados lograran obtener una mayoría calificada con el voto de Miguel Ángel Yunes Márquez para poder avalarla en el Senado de la República.
Al tomar la palabra y fijar el voto en contra de su bancada, Patricia Lanestosa Vidal, diputada local de Movimiento Ciudadano, señaló que la actuación de la Guardia Nacional en el presente sexenio y la presencia del Ejército en tareas de seguridad pública, no se ha traducido en mejores resultados.
En su turno, el perredista Nelson Gallegos Vaca afirmó que la estrategia de seguridad implementada por el actual gobierno no ha ayudado a combatir los delitos pero advirtió que la militarización de la Guardia Nacional no será más eficaz. Además, señaló que la minuta no se analizó debidamente por “las prisas”.
En contraste, Martín Palacios Calderón, legislador del Partido del Trabajo (PT), negó que con esta medida se busque militarizar al país y argumentó que de esta manera se pretende fortalecer el sistema seguridad nacional.
El Congreso de Zacatecas fue el segundo en aprobar la reforma que otorga al Ejército el control de la Guardia Nacional con 18 votos a favor y 12 en contra.
Tras dos horas y media de discusión, legisladores de la oposición se manifestaron en contra argumentando que la reforma abona a la militarización del país.
La reforma en materia de Guardia Nacional requiere de la aprobación en 17 congresos estatales y regresar a ambas cámaras del Congreso federal para que validen su constitucionalidad.
Una vez cumplido este proceso, la minuta se deberá enviar al Ejecutivo para la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se fijará la entrada en vigor de la misma.