jueves, julio 4, 2024

Consejero del OPLE propuso que alcaldes de Veracruz puedan ser reelegidos

Xalapa, Ver.-El consejero del Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Veracruz, Quintín Dovarganes Escandón, propuso que los alcaldes puedan reelegirse y regresar al periodo de tres años.
“En Veracruz como las alcaldías son de cuatro años no se pueden relegir”, explicó el funcionario electoral durante la Sesión Ordinaria que se desarrolló este fin de semana laboral.
Comentó que se harán las peticiones ante el Congreso del Estado de Veracruz tomar en consideración y analizar las posibilidades para hacer las modificaciones de la Constitución Política Local.
Además, otras de las sugerencias es que se apliquen cambios para las fechas de votaciones, y que estas se desarrollen en otoño y no en primavera “tenemos muchos problemas por el cambio climático y que se agudizarán en años venideros”.
“Tiene que cambiar de las elecciones para reflexión de los Legisladores; en primer lugar homologar la relección de ediles con la posibilidad que tienen los senadores de la República, pues creo que son muy importantes los proyectos administrativos municipales, para poder juzgar a criterio de la ciudadanía si merecen continuar por el mismo sendero o no”.
Estas propuestas son de cara al proceso electoral 2024-2025 para la renovación de las 212 alcaldías en la entidad veracruzana, acciones que comenzarán a partir del sábado 09 de noviembre de este año, pero las reformas deberán presentarse a más tardar en el mes de agosto.
Para el proceso electoral local 2024-2025 en el que se renovarán las 212 presidencias municipales los alcaldes, los síndicos y regidores no podrán reelegirse para el mismo cargo.
De acuerdo con el Organismo Público Local Electoral dichos servidores públicos municipales sí pueden contender por otro distinto al que ostentan, pero necesariamente deberán solicitar licencia.
El artículo 115 de la Carta Magna del país permite la reelección de presidentes municipales, regidores y síndicos para un período adicional, siempre y cuando el periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años.
En Veracruz el artículo 70 de la Constitución Política local señala que el periodo constitucional de los ayuntamientos es de 4 años y por consecuencia, los ediles no podrán ser elegidos para integrar el ayuntamiento del periodo siguiente.
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