viernes, abril 26, 2024

PARTICIPACIONES Y PROPUESTAS EN LA CREACIÓN DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES

Lic. Fernando Cardenas Oliveros.

Comentarios:

Se dice que el acto de autoridad debe de ser fundado y motivado. Que la fundamentación consiste en que el mandamiento debe de estar previsto en la ley y la motivación son las consideraciones y argumentaciones que justifiquen que la orden se refiera al supuesto de la ley. En el caso de las leyes deben de tener un sustento legal y en el caso del código nacional, el artículo 73 constitucional fue reformado previamente, donde se faculta al congreso para su expedición y la motivación se satisface con la opinión que vierta la ciudadanía.

Para tal efecto, el senado llevó a cabo varios foros, por ejemplo, en Monterrey en 2022 se opinó en el sentido de que los edictos que publiquen las autoridades jurisdiccionales o notarios, no fuera en un periódico de circulación nacional, sino de circulación regional: en el foro de la Facultad de Estudios Superiores Aragón, Estado de México (15 de agosto de 2022), se hizo notar que la función notarial es auxiliar en la justicia, sobre todo tratándose de jurisdicción voluntaria, por lo que se sugirió incorporar en el capítulo respectivo, aquellos casos en los que pueden intervenir los notarios, en relación con la competencia, se nos hizo notar que habría que tener presente, que para el caso de los Notarios, no les aplicara la territorialidad, en cuanto a su competencia, pero a pesar de ello, en el procedimiento intestamentario los notarios deben de acatar la competencia que señala el código.

En el foro organizado por el Senado de la República CDMX el nueve junio de 2022, se expresó que los fedatarios públicos puedan actuar como auxiliares de la administración de justicia; en el foro llevado a cabo en la Universidad Veracruzana, en Boca del Río, Veracruz 23 junio de 2022) se propuso que si se pretende descargar el trabajo de los tribunales, se debe hacer partícipes a los fedatarios públicos. En el foro que se celebró en la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, Chihuahua, el siete de julio de 2022, se dijo que se debe considerar al Notariado como auxiliar de la administración de justicia.

Además, La revisión e integración de proyecto de Código Nacional se llevó a cabo con la participación de especialistas en derecho, operadores jurídicos, personas juzgadoras y magistradas, tanto del ámbito local como federal, integrantes de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados A.C. y del Colegio del Notariado Mexicano, Fedatarios Públicos, Colectivos de Personas con Discapacidad como “Decidir es mi Derecho” y de personas desaparecidas, la Dirección General Jurídica de la Cámara de Diputados, la Coordinación de Consultoría Jurídico Legislativa del Senado de la República, asesores(as) de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados y del Grupo de Trabajo en materia de Justicia Cotidiana; representantes del sector privado y del sector público, como la Secretaría de Gobernación (SEGOB), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), entre otros.

Es de destacarse la participación que tuvo el Colegio Nacional del Notariado Mexicano en unión con todos los Colegios de Notarios de cada entidad federativa, que se logró que el contenido del artículo 432 sea el siguiente: la jurisdicción voluntaria podrá tramitarse ante notaria o notario público cuando así lo disponga la legislación aplicable; y el promovente sea el único que tenga interés en el objeto de los mismos, no esté promovida, ni se promueva cuestión litigiosa alguna entre partes determinadas y no se encuentren involucrados derechos de niñas, niños y adolescentes, observándose en lo conducente las reglas del presente Código Nacional.

Promulgado el código nacional, nuestras autoridades legislativa y judicial deberán de promulgar la ley aplicable para que los notarios estén legitimados en este tema.

Publicidad




Otras noticias

Bitácora Política

Bitácora Política

Bitácora Política

SENTIDO COMÚN