jueves, abril 18, 2024

Declara SCJN inconstitucional Reforma Electoral de Veracruz

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucional el Decreto 576 sobre la Reforma Electoral que recortaba las prerrogativas de los partidos políticos en Veracruz, invalidando la restricción de que el gobernador no esté sujeto a consultas sobre su remoción.

Dicha reforma fue impulsada por Cuitláhuac García, argumentando austeridad para eficientar el gasto público, recibiendo el respaldo de los diputados de Morena y de otros grupos legislativos.

Este lunes los ministros de la Suprema Corte invalidaron la reforma. Al presentar el dictamen el ministro ponente Juan Luis González Alcántara Carrancá consideró que hubo violaciones al proceso legislativo al no haber certeza de que la votación lograra la mayoría calificada.

«No se aplicó adecuadamente la normatividad en el proceso, máxime porque se trató de un asunto de obvia y urgente resolución; existen violaciones en el procedimiento legislativo», dijo.

Hay que recordar que la reforma preveía eliminar de la consulta pública la revocación de mandato para el caso del gobernador y otros servidores emanados de elección popular, así como la eliminación de 209 consejos municipales y la reducción de hasta el 50 por ciento de los recursos a partidos políticos.

El ministro dijo que al obviar el trámite legislativo se impidió la participación de las minorías en el procedimiento legislativo.

«Por lo tanto existen colaciones invalidantes en el proceso legislativo que trae como consecuencia la declaración de invalidez del decreto 576».

A ello se suma que el Poder Legislativo de Veracruz no consultó a poblaciones y comunidades indígenas y afroamericanas sobre la reforma, por lo que no pudieron participar en su discusión.

«No se ajusta al parámetro convencional que establece la obligación de llevar a cabo la consulta indígena», indicó.

La decisión de invalidar la reforma se logró con ocho votos a favor de los ministros que además determinaron que el próximo proceso deberá regirse por las normas que estaban vigentes antes del decreto y que no podrá ser reformada durante el proceso electoral, salvo que se trate de modificaciones no fundamentales.

La reforma invalidada establece que no podrán ser objeto de consulta popular «(…) la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular; la materia electoral, el sistema financiero, los ingresos datos y presupuesto de egresos (…)».

En mayo el Congreso validó cambios a la Constitución que recortaron las prerrogativas a los partidos, desaparecieron 209 consejos municipales, entre otras medidas y posteriormente se avalaron una serie de reformas a partir del nuevo marco legal, las cuales también quedarán invalidadas.

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