domingo, mayo 19, 2024

Corolario

RAÚL CONTRERAS BUSTAMANTE

Combate a la corrupción

El artículo 19 de la Constitución se reformó para agregar otras conductas delictivas a las de corrupción

04 de Enero de 2020

¡Feliz inicio de año y década!

El Diccionario de la Real Academia Española define a la corrupción como: la acción y efecto de corromper o corromperse. Y a su vez, corromper, significa varias cosas, entre ellas: alterar y trastrocar la forma de algo; echar a perder, depravar, dañar o pudrir algo; sobornar o pervertir a alguien con dádivas o de otra manera; o hacer que algo se deteriore.

La corrupción gubernamental –que es la que preocupa de mayor forma a la ciudadanía– desde hace mucho tiempo se extendió como una epidemia a todos los niveles de gobierno.

Tanto a nivel federal, como en los estados, Ciudad de México, municipios y alcaldías, el fenómeno de descomposición de los valores éticos del servicio público ha generado muchos casos escandalosos y un contagio diseminado.

Las causas son muchas y diversas. Sólo por mencionar las más técnicas encontramos a: la impunidad, la ausencia de servicios profesionales de carrera, la falta de programación y continuidad de programas y planes de gobierno; la falta de observancia de las leyes que reglamentan el ejercicio del gasto; entre otras.

Debido a la presión social, el 27 de mayo de 2015, se aprobó una reforma constitucional al artículo 113 que dio lugar al surgimiento del Sistema Nacional Anticorrupción, como una “instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos”.

La reforma se convirtió en letra muerta desde su promulgación y fue una de las razones que propiciaron el naufragio del gobierno anterior.

El “combate a la corrupción” ha sido bandera política de la actual administración y ha motivado –entre otras acciones– que se reforme el artículo 19 de la Constitución para agregar otras conductas delictivas a los delitos de corrupción, tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, como merecedores de prisión preventiva oficiosa.

Aunque estas acciones han logrado que la percepción ciudadana evalúe de mejor forma el combate a este flagelo social, vale la pena hacer algunas reflexiones.

De acuerdo al Índice de Percepción de la Corrupción 2018 publicado por Transparency International, México está ubicado en el puesto 138 de 180 países; y desde el año 2013 hemos caído 7 lugares.

A pesar de todo esto, el año pasado el Sistema Nacional Anticorrupción careció de recursos financieros para su desarrollo y, para éste 2020, tan sólo habrá un incremento de poco más del 15% para el combate a la corrupción, tomando en cuenta el presupuesto de aquellas instituciones que se encargan de ello.

El Presupuesto de Egresos se limita a establecer en el artículo décimo noveno transitorio, que: “Se analizará la viabilidad de incorporar en el proyecto de presupuesto de egresos del próximo ejercicio fiscal un anexo enfocado a la lucha anticorrupción que involucre a las instancias que correspondan”.

Resulta una falta de congruencia establecer un problema como prioritario si no se dota un mayor presupuesto para fortalecer los mecanismos ya establecidos, concretamente el Sistema Nacional Anticorrupción.

Así que quienes esperaban una política pública integral y general para toda la República, para atacar en forma debida a este cáncer social, habrán de tener paciencia. Y ojalá la ciudadanía también.

Como Corolario la frase del secretario general de la ONU, António Guterres: “La corrupción engendra más corrupción y fomenta una cultura destructiva de impunidad”.

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