jueves, abril 23, 2026

13 municipios deberán exentar pago por registros de nacimientos

Los ayuntamientos de Minatitlán, Tuxpan, Alvarado, Boca del Río, Coatepec, Coatzacoalcos, Córdoba, Cosoleacaque, Emiliano Zapata, Medellín, Orizaba, Tierra Blanca y Veracruz, desde este viernes, tienen la obligación de exentar el pago por registros de nacimientos ordinarios y extemporáneos.

Este año se presentó una Acción de Inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, debido a que los Ayuntamientos enlistados establecían una cuota por el registro de nacimiento ordinarios y extemporáneos, pese a que la Constitución federal menciona la exención del derecho por el registro de nacimiento y la expedición de la primera copia certificada del acta de nacimiento.

Por lo anterior, se aprobó una reforma a las Leyes de Ingresos 2019 de los Municipios de Minatitlán y Tuxpan; y se modificaron los Códigos Hacendarios para los Municipios de Alvarado, Boca del Río, Coatepec, Coatzacoalcos, Córdoba, Cosoleacaque, Emiliano Zapata, Medellín, Orizaba, Tierra Blanca y Veracruz, con la finalidad de que sea gratuito el registro de nacimientos ordinarios y extemporáneos.

Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), para 2016 de las niñas y niños sin registro en la región de América Latina y el Caribe, alrededor del 25% se ubican en México.

El derecho a la identidad inicia con la inscripción del nacimiento de una persona ante el Registro Civil; este acto representa el reconocimiento institucional de su derecho a la identidad. Por un lado el acta de nacimiento emitida es el documento legal que certifica su identidad, es decir, deja constancia de su nombre, fecha y lugar de nacimiento.

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