La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció una jurisprudencia que permitirá cultivar y consumir mariguana con fines recreativos a cualquier ciudadano que solicite un permiso al Gobierno federal.
La resolución tuvo cuatro votos a favor y uno en contra de los magistrados.
La Primera Sala debatió los proyectos de sentencia en los que los ministros Arturo Zaldívar y Norma Piña propusieron invalidar los artículos de la Ley General de Salud que establecen la prohibición absoluta de la cannabis.
Según lo avalado, los consumidores no podrán vender ni distribuir a terceros la mariguana que cultiven.
«La declaratoria de inconstitucionalidad anterior no supone en ningún caso autorización para realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la enajenación y/o distribución de las substancias antes aludidas, en el entendido de que respecto de estos actos no existió solicitud y el ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad no debe perjudicar a terceros», dictan los proyectos.
Con esto ya son cinco los amparos concedidos para los mismos fines y conformaría una jurisprudencia obligatoria para todos los juzgados y tribunales del País.
Todo aquel que pretenda consumir la mariguana con fines recreativos puede solicitar un permiso a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).
En caso de que la autoridad sanitaria lo negara, los jueces y magistrados estarían obligados a conceder el amparo a los consumidores.
