lunes, enero 20, 2025

Comienza Entrega-Recepción del extinto Tribunal de lo Contencioso Administrativo al Tribunal Estatal de Justicia Administrativa

Este lunes, comenzaron los trabajos de entrega-recepción de dichas dependencias. Por parte del extinto Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Poder Judicial del Estado, estuvieron presentes el Magistrado Presidente José Luis Ocampo López y el Lic. Rafael Cadenas Mascorro, Secretario General de Acuerdos, quienes dieron inicio a la entrega de los asuntos en trámite al Maestro Armando Ruíz Sánchez, Secretario General de Acuerdos del recién creado Tribunal Estatal de Justicia Administrativa.
Entrevistado en las instalaciones del tribunal, el Maestro Armando Ruíz Sánchez informó: “Estamos recibiendo aproximadamente más de 1,500 expedientes en trámite, a los que se les dará el seguimiento puntual con la responsabilidad institucional que amerita, así como libros de gobierno, registros de cédulas profesionales, secreto de las salas y en general toda la documentación con que contaban la sala superior y las tres regionales”.
Agregó: “Es un trabajo delicado que tardará algunos días, pero atendiendo las instrucciones del magistrado presidente de nuestro tribunal, se tomará el tiempo necesario para que sea una entrega- recepción transparente y ordenada que cumpla con todos los requisitos de ley” puntualizó el Secretario de Acuerdos.
Cabe recordar que fue el pasado martes 2 de enero cuando en la primera Sesión del Pleno, se instaló formalmente el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, sesión donde también tomó protesta el magistrado Presidente Pedro José María García Montañez.
Este Tribunal tendrá como encomienda la prosecución de todos los juicios provenientes del extinto Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Poder Judicial del Estado, dirimiendo las controversias que se susciten entre la administración pública estatal y municipal, y los particulares; así como los organismos autónomos y los particulares; además tendrá la facultad de imponer las sanciones a los servidores públicos estatales o municipales y a los particulares por la responsabilidad administrativa grave en que incurran, gozando de plena autonomía para cumplir y hacer cumplir sus determinaciones.

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