Ciudad de México.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la información y Protección de Datos (INAI) pidió a la Comisión Nacional de Seguridad Suclear y Salvaguardias (CNSNS) dar datos sobre objetos, equipos, artefactos, contenedores y materiales radiactivos o con sustancias radiactivas que hayan sido robadas, sustraídas o perdidas.
Durante la sesión del pleno, el comisionado Oscar Guerra Ford, aseguró que la CNSNS no desglosó esta información de los años 2007, 2009, 2010 y 2011, así como el tipo de objeto, fecha del caso, lugar donde ocurrió (estado/municipio), tipo y cantidad de material o sustancia radiactiva que contenía, efectos nocivos para la salud, tipo de hecho, valor económico, si se presentó denuncia y ante qué instancia y si se recuperó o no, cuándo y dónde.
“Es fundamental que los ciudadanos puedan conocer, a través de dicho organismo, toda la información relacionada con el tipo de materiales, en especial, cuando son extraviados o robados, a efecto de que se dé a conocer información estadística al respecto.
“Teniendo que en el 2008, y del 2012 al 2017 se reportan 12 casos en diversos lugares de la República, dentro de los cuales muchas veces el material no ha sido recuperado, lo que sigue poniendo en peligro inminente a las personas o, en su defecto, estos materiales han perdido con el paso del tiempo su capacidad radiactiva”,
Guerra Ford, destacó la importancia que tiene la CNSNS, ante el crecimiento sustancial en el robo de artefactos radiactivos y de contenedores de sustancias radioactivas en el país, ya que dicha comisión tiene como función principal regular y velar por el buen uso de estas energías, para proteger la salud de la población y el medio ambiente.
Un particular que solicitó dicha información, el sujeto obligado proporcionó una tabla en formato excel, con la descripción del evento y del equipo involucrado, fecha y lugar del evento, licenciatario, número de fuentes y radianúclido, peligrosidad al ser humano, valor económico, denuncia/instancia y resolución del evento.
El particular interpuso recurso de revisión ante el INAI, en el que manifestó su inconformidad con la parcialidad de la respuesta, toda vez que no se le proporcionó información desde el 2007 como lo requirió, si no a partir del 2013, y señaló que, respecto al tipo y cantidad de material y/o sustancia radiactiva que contenía, y del tipo de hecho (robo, sustracción o pérdida), fue omiso en pronunciarse, y no se le informó de la fecha de recuperación del material.
En alegatos, la CNSNS remitió al particular un nuevo listado con la información, en la que incluyó datos que inicialmente no había proporcionado, como lo era dos sucesos novedosos, registrados en los años 2008 y 2012, con el tipo y cantidad de material y sustancia radioactiva, tipo de hecho, así como la fecha de cuando se recuperó el material.
Se apuntó que, al no haber pronunciamiento alguno en la respuesta inicial sobre la totalidad del periodo requerido, la CNSNS vulneró el principio de exhaustividad que se debe atender respecto de todos los puntos requeridos, por lo que se calificó como parcialmente fundado el agravio del particular.