miércoles, abril 24, 2024

EL PODER DE LA VERDAD

Por:  Mary García

En las últimas décadas,  el ser humano ha perdido la capacidad de asombro, aunque es verdad que el mundo ha estado sumido en cruentas batallas a lo largo de los siglos, en una lucha por el poder, por el dinero, o por la misma religión, lo cierto es que los conflictos internos y externos de los países siempre dejan una huella imborrable  en las generaciones.

Pero a pesar de que hemos visto a través de los libros, las batallas libradas en décadas pasadas, hoy en día, en México estamos librando una cruel lucha que está dejando secuelas muy importantes, y quizá la mayor de ellas, es que estamos perdiendo la sensibilidad ante el dolor ajeno., nos estamos acostumbrando a ver a diario a través de los medios de comunicación, secuestros, desapariciones, homicidios, abusos cometidos en contra de la humanidad en la cual se ven claramente violentados los derechos humanos más elementales.

El delito de desaparición forzada es uno de los peores atentados a nuestros derechos humanos, se encuentra  tipificado  en nuestro código penal federal, sin embargo, estas reformas fueron adicionadas al código recientemente, a través de la reforma al CAPITULO 111 BIS, cuando este delito trae mucho recorrido desde muchos años atrás.

Analicemos los artículos:

Artículo 215-A.- Comete el delito de desaparición forzada de personas, el servidor público que,

Independientemente  de que haya participado en la detención legal o ilegal de una o varias personas, propicie o mantenga dolosamente su ocultamiento bajo cualquier forma de detención.

Artículo 215-B.- A quien cometa el delito de desaparición forzada de personas se le impondrá una

Pena  de cinco a cuarenta años de prisión.  Si la víctima fuere liberada espontáneamente dentro de los tres días siguientes a su detención la pena será de ocho meses a cuatro años de prisión, sin perjuicio de aplicar la que corresponda a actos ejecutados u omitidos que constituyan por sí mismos delitos. Si la liberación ocurriera dentro de los diez días siguientes a su detención, la pena aplicable será de dos a ocho años de prisión, sin perjuicio de aplicar la que corresponda a actos ejecutados u omitidos que constituyan por sí mismo delitos.

Estas penas podrán ser disminuidas hasta una tercera parte en beneficio de aquel que hubiere

Participado  en la comisión del delito, cuando suministre información que permita esclarecer los hechos, y hasta en una mitad, cuando contribuya a lograr la aparición con vida de la víctima.

Artículo 215-C.- Al servidor Público que haya sido condenado por el delito de desaparición forzada de personas, además se le destituirá del cargo y se le inhabilitará de uno a veinte años para desempeñar cualquier cargo, comisión o empleo públicos.

Artículo 215-D.- La oposición o negativa a la autoridad competente para tener libre e inmediato

Acceso al lugar donde haya motivos para creer que se pueda encontrar a una persona desaparecida, por parte del servidor público responsable del mismo, será sancionado con la destitución de su cargo, comisión o empleo, sin perjuicio de la aplicación de las penas de los demás delitos en que pudiera incurrir con motivo de su conducta.

Sin embargo, usando un poco la lógica jurídica, encontramos los siguientes elementos:

Si la víctima es localizada con vida, y liberada de sus captores entonces encuadra el delito de secuestro.

Si la víctima es localizada sin vida, entonces estamos ante un concurso de delitos: Secuestro y homicidio.

Si la víctima es localizada con vida pero severamente afectada por haber sido torturada, estamos ante Secuestro, y lesiones en primer grado.

Pero qué pasa si la víctima no es localizada, si no hay un cuerpo como prueba fehaciente del delito, si hoy en día parece estar de moda no solo asesinar sino desaparecer el cadáver, este delito debería ser castigado con mayor severidad, pues el daño no solo es a la víctima, sino a una familia entera y a la misma sociedad.

Sin embargo, precisamente desaparecer las pruebas es el elemento básico de un crimen perfecto, pues si no hay cuerpo no hay delito, decían que nadie se va de este mundo sin dejar un solo rastro, pero parece que en México se ha superado la ficción, y aquí si es un país mágico, aquí sí se puede desaparecer como si jamás se hubiese nacido, aquí si se borran los recuerdos de toda una vida de un solo golpe, aunque en el trayecto acaben con la tranquilidad de una familia completa y estén destruyendo la sensibilidad de los mexicanos.

Publicidad




Otras noticias

SENTIDO COMÚN

Bitácora Política

SENTIDO COMÚN

SENTIDO COMÚN