martes, abril 30, 2024

CIDH define mecanismo de seguimiento en caso Ayotzinapa

Con el objetivo de dar seguimiento a las recomendaciones de la investigación del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) formuladas en sus dos informes de septiembre de 2015 y abril de 2016, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) definió el mecanismo de seguimiento para el caso Ayotzinapa.

La CIDH nombrará como mínimo a dos asesores técnicos especiales de la secretaría ejecutiva de la Comisión para realizar labores de recopilación de información y documentación sobre el caso, quienes en coordinación con el estado podrán realizarse las visitas en México con la frecuencia y el tiempo que sea necesario para su labor.

En la resolución 43/16 la CIDH explicó que los asesores técnicos especiales tendrán acceso pleno a la información necesaria en los expedientes y en otras fuentes de información correspondientes del caso de acuerdo con la normatividad mexicana vigente, los estándares Internacionales aplicables.

En el mecanismo de seguimiento, el relator de país o un  comisionado designado por la CIDH realizará tres visitas a México, además el relator del país o un comisionado designado en consulta con el gobierno mexicano podrá realizar una cuarta visita para dar seguimiento a medidas cautelares.

Las CIDH precisó que al final de cada visita del relator o el comisionado dara un comunicado de prensa para informar sobre el seguimiento de los avances que se hayan registrado.

Se establece que el gobierno mexicano tendrán brindará apoyo económico a la CIDH para asegurar el financiamiento del mecanismo de seguimiento.

En el primer periodo de sesiones de la CIDH, ambas partes de cada ano acordarán programar nuevas visitas y reuniones de trabajo del mecanismo de seguimiento, y la Comisión Interamericana realizará el monitoreo de las medidas cautelares.

 

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