México.- Para Juan José Quispe, abogado del Instituto de Defensa Legal de Perú, uno de los principales problemas que se viven en torno a la tortura es la falta de atención por parte de la sociedad. Y es que, dijo, en muchas ocasiones el fenómeno no es volteado a ver hasta que un familiar es víctima de él, por ello hace señalamientos de lo que realmente se debe considerar en este delito.
El experto reiteró que la tortura es uno de los principales delitos cometidos en contra de la humanidad. Ubicó a los centros penitenciarios como uno de los principales lugares en donde se práctica este fenómeno.
“Como dijo Abel Pérez: ‘si es una aberración que la tortura exista en el siglo XXI, es horrendo que cerremos los ojos ante ello’. Vemos nosotros que la tortura no es sentida mucho por la colectividad mientras este mirándose desde afuera. Sólo va a poder sentir aquella persona, y va a poder decir algo al respecto, cuando le toca vivir el fenómeno a cualquiera de sus familiares”, dijo al participar en el Foro Internacional sobre Investigación, procesamiento y sanción de la tortura.
El experto expuso que una de las problemáticas de ignorar el fenómeno es que se da la espalda a acciones cometidas por agentes del Estado, lo cual agrava la situación.
Dijo que al igual que en México, en Perú las cárceles son centros donde la tortura se práctica recurrentemente sin ninguna sanción del Estado. De igual forma, recordó que entre los métodos más utilizados para torturar se encuentran: las golpizas con puños y pies, así como la utilización de objetos, como bates, para infringir castigo; además de agresiones sexuales.
El abogado señaló que en la gran mayoría de los casos existe amedrentamiento contra las víctimas, con la intención de que no denuncien la tortura. Aunado a lo anterior, dijo que no se garantiza la reparación del daño.
“El monto de reparación por sentencias sin mínimos, no integrales y no proporcionales hacia las víctimas (…) La reparación deben ser integral y no reducirse a una cifra”, señaló.
En palabras de Helena Solá, integrante de la Organización Mundial Contra la tortura (OMCT), el derecho de acceso a la justicia se ve truncado por el miedo de las víctimas a denunciar. Señaló que los amedrentamientos es uno de los temas pocos atendidos por las autoridades, pero que repercuten en una investigación profunda.
“Esta situación de represalias y de falta de protección constituye una negación de justicia, el tema de las represalias no ha merecido la atención adecuada, hasta hace poco la ONU no incluía a personas para hacer seguimiento a este tema”, expuso.
En este contexto, manifestó que los jueces que conocen este tipo de situaciones no deben mantenerse al margen. Señaló que con base al establecimiento de protocolos de actuación, los juzgadores tienen la obligación de intervenir.
“El temor a represalias crea una situación de vulnerabilidad, de la cual los juzgadores no pueden permanecer ajenos. Entonces ante esta situación es fundamental el establecimiento de protocolos de actuación para quienes trabajan con víctimas.
“Los operadores de justicia deberían poder identificar y valorar el nivel de riesgo cuando una persona que está denunciando tortura está padeciendo situación de represalias (…) cuando se identifica este riesgo el tema es tomar medidas…y coordinarse con otras autoridades”, dijo.
Por otro lado, la especialista hizo mención de la revictimización ocasionada por agentes que no tienen capacitación para atender a las víctimas que denuncian tortura. Señaló que en este sentido falta mucho trabajo por realizar.
Al igual que Juan José Quispe, Helena Solá señaló que en los casos de tortura no se presenta una reparación integral del daño. Señaló que existe una visión reducida del derecho de reparación, el cual se limita a una indemnización, que en muchos casos no es proporcional.
“Cuando vemos en las sentencias sólo se ordenan indemnizaciones y como decía, a veces ni los montos de las indemnizaciones son suficientes. En este contexto es evidente que los jueces tienen en su poder definir y ordenar reparaciones para víctimas de tortura lo que vemos a menudo es una visión muy estrecha y reducida del derecho a la reparación de las víctimas de tortura. La indemnización no es suficiente. Hay cinco componentes del derecho a la reparación que son: la indemnización, la restitución, la rehabilitación, la satisfacción, y la no repetición, todos ellos importante para compensar a la víctima”, apuntó.
Por último, Karla Quintana abogada y secretaria de Estudio y Cuenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recordó que México se posiciona como el país con el mayor número de condenas en proporción a los casos presentados ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH).
“México es el país con el mayor número de condenas proporcionalmente ante la CoIDH por tortura, somos el país que en porcentaje tenemos más sentencias de condena en tema de tortura. Eso hay que decirlo”, manifestó.