miércoles, mayo 1, 2024

IVAI sancionará a SSP

Xalapa, Ver.- La Secretaría de Seguridad Pública (SSP) reincidió en la omisión de entregar información a un particular en relación con la manera en que se canceló el contrato con la empresa Autotraffic, encargada de llevar a cabo foto multas en municipios de la entidad.

Los comisionados integrantes del Consejo General la presidenta Yolli García Álvarez y José Rubén Mendoza Hernández, acordaron que de no entregar la información requerida en el tiempo que marca la ley, entonces aplicarían sanciones en contra de Olga Jacqueline Lozano Gallegos, quien es la encargada de la Unidad de Transparencia de la SSP.

De acuerdo al expediente de resolución 487/2016/03, al jefe de la unidad de transparencia, se le instó a que en futuras ocasiones ajuste su actuar de acuerdo a las disposiciones de la ley de transparencia y deberá realizar de manera eficiente la responsabilidad encomendada.

Lo anterior una vez que dicho funcionario ha estado justificando su falta de información canalizando al particular a la Secretaria de Finanzas y Planeación (Sefiplan), quien sería la supuesta encargada de contar con la información, sin embargo, el responsable de los contratos y la recisión de ellos recae en la SSP.

Se explicó que el jefe de la Unidad de Transparencia ha manifestado que no cuentan con la información solicitada, sugiriéndole al recurrente que se dirija a la Secretaría de Finanzas para que le dé lo requerido, generando con ello un perjuicio y un atraso en el incumplimiento al derecho de la información.

“Por lo que resulta apercibirlo de manera enfática para que en posteriores peticiones de cabal cumplimiento a los procedimientos y términos establecidos en la ley respecto a las solicitudes de información que se le formulen de los servicios de foto multas con la empresa Autotraffic y en caso de no hacerlo y reincidir se hará acreedor a cualquiera de las acciones previstas en la ley”, acordaron.

Un particular solicitó conocer cuál fue el acuerdo suscrito con la empresa Autotraffic, para suspender la prestación del servicio contratado, la fecha en que se suscribió, copia del documento, términos económicos en los que quedó finiquitado el documento así como la posibilidad que se reanudará el servicio para cumplir lo acordado y la sanción económica que se acordó para suspender el servicio.

Además de quien fue el encargado de autorizar la suspensión del servicio y con qué atribuciones.

Una vez que la SSP no cumplió con otorgar la información antes requerida los comisionados del IVAI, catalogaron como inatendible dicha solicitud.

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