sábado, abril 27, 2024

SCJN invalida Sistema Anticorrupción

Xalapa, Ver.-Impulsado por el gobernador Javier Duarte de Ochoa, y avalado por la mayoría priista en el Congreso de Veracruz, que es líder Nicolás Callejas Arroyo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el Sistema Estatal Anticorrupción de Veracruz.

Los magistrados de la corte por unanimidad, consideraron inconstitucionales los cinco decretos: 881, 882, 883, 887 y 892, que afectaban diversas disposiciones de la Constitución Política y de las Leyes de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas, Orgánica de la Fiscalía General y Orgánica del Poder Judicial de Veracruz, los cuales estaban fundamentados y consistían en lo siguiente:

Decreto número 881 que adiciona cuatro párrafos al final de la fracción i del artículo 67 de la constitución política del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, (para crear una Fiscalía especializada en combate a la corrupción).

Decreto número 882 que deroga el segundo párrafo el artículo 76 y reforma el artículo 78, ambos de la constitución política del estado libre y soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, (para eliminar el fuero del gobernador y solo conserva el de los diputados, fiscal general del estado, los magistrados y el presidente de la CEDH).

Decreto número 883 que reforma la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Decreto número 887 por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, (para crear una fiscalía especializada en combate a la corrupción y sus atribuciones).

Decreto número 892 que reforma los artículos 34, 35, 37 y 38; adiciona los artículos 38 bis y 38 ter, y deroga el inciso e) de la fracción i del artículo 40, todos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, (para proponer el cambio del nombre del tribunal de lo contencioso administrativo de acuerdo a sus funciones).

La figura de acción de constitucionalidad se configuró después de contrastar  el contenido de esos decretos con el contenido de la Constitución Política Federal y Local.

Con este ejercicio, los magistrados consideraron que “contravenían las reformas constitucionales en el ámbito federal del 27 de mayo  del 2015, para establecer el Sistema Nacional Anticorrupción”.

El pleno se determinó que esos decretos contravienen de manera importante los artículos transitorios, y que en la elaboración de los decretos  no existía competencia de parte  del ámbito local, para legislar en esta materia. La ponencia 56/2016, donde se abordó el tema, estuvo a cargo del ministro Javier Lainez Potisek, fue aprobada por unanimidad y al conocer la noticia, Javier Duarte, señaló que acatará el fallo.

Publicidad




Otras noticias