jueves, abril 25, 2024

Multas por falta al reglamento

 Editorial

San Andrés Tuxtla, Ver.

A partir del 20 agosto entrara en vigor la nueva Ley y Reglamento de Tránsito y Seguridad Vial del estado de Veracruz, donde por instrucciones del Director General de Transito y el Secretario de Seguridad Pública del Estado, se esta dando difusión a la nueva ley, colocando carteles en los transportes públicos, oficinas gubernamentales, donde haya afluencia vehicular para que los conductores tengan el conocimiento de las nuevas disposiciones. Expresó Amado Ixba Martínez, delegado de Transito y Seguridad Vial del municipio.

Comentó que en estos días se están realizando únicamente observaciones a los conductores, ya que muchos automovilistas mencionan que las multas de estas nueva ley son elevadas, por lo que estas nuevas disposiciones no son recaudatorios, sino es la prevención de accidentes.

Por lo que si sabemos que las multas son elevadas, los conductores se limitaran en no cometer una infracción, tenemos que guardar el orden y obedecer el reglamento de transito, y no realizar infracciones que pongan en peligro la integridad de las personas.

Por lo que las faltas mas comunes como conducir en estado de ebriedad en el artículo 244, menciona que «no podrán circular en la vía pública los vehículos cuyos conductores presenten un índice de alcohol en aire espirado superior a 0.40 miligramos /litros, de ser así tendrá una multa de 65 días de salario mínimo.

En el artículo 166 de la nueva Ley de Transito, se menciona que tanto los conductores como los pasajeros de vehículos menores motorizados, tendrán la obligación de utilizar casco protector idóneo, ya que la multa de falta de casco es de 30 días de salario mínimo.

Utilizar durante la conducción  dispositivos tecnológicos que impliquen distracción, ya sea de comunicación, audio, video o datos, serán acreedores de una multa de 41 días de salario mínimo.

En cuanto a  los limites de velocidad en carretera estatal y avenidas de 3 a 4 carriles: 80 Km/hr. En avenidas divididas por camellón y vialidades primarias: 60 km/hr. En calles a 40 km/hr. En zonas escolares y hospitales 20 km/hr. Por lo que, quien no respete los limites de velocidad, la multa es de 15 días de salario mínimo.

Conductor y pasajeros del vehículo, deberán usar el cinturón de seguridad en los automóviles; con las excepciones previstas para el transporte público de pasajero colectivo, esto tendrá una multa de 50 días de salario mínimo, de acuerdo en su articulo 154 de la nueva Ley de Tránsito.

De igual manera se prohíbe estacionar un vehículo en la vía publica, donde exista señalamientos que así lo indiquen y en los lugares que el reglamento no lo permita ya que la multa será de 15 días de salario mínimo, señalado en su artículo 183, finalizó.

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